ASUNTO: PP01-L-2005-000284
PARTE DEMANDANTE: Jhonny Canelón y Heriberto Fernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números 113.960 y 8.053.986, domiciliados en la ciudad de Guanare del Estado Portuguesa.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Alejandro Ramón Pérez Crespo, inscrito en el Inpreabogado con los números 95.018.
PARTE DEMANDADA: Constructora Aliva Stump C.A.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA: Jorge Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 4.370.885, en su carácter de Ingeniero Residente.
MOTIVO: Reclamación de Prestaciones Sociales.


Hoy, 25 de enero de 2006, siendo el día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, por una parte, el demandante, ciudadano Jhonny Canelón y el apoderado judicial de este y del co-demandante Heriberto Fernández, abogado : Alejandro Ramón Pérez Crespo, quien y por la otra el ciudadano Jorge Pérez, a quien se señala como representante de la demandada, su apoderado judicial Cesar Castillo, y la asistencia del abogado Ernesto Pacheco, en este estado el demandante presente, ciudadano Jhonny Canelón, y el apoderado judicial del también demandante, Heriberto Fernández, manifiestan que desisten del presente procedimiento, por lo que una vez verificada la facultad del apoderado judicial para tal actuación, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIDO DEL PROCEDIMIENTO, así, una vez leída la presente acta, firman los comparecientes. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La Juez,

Abg. Carmen Luisa Iglesias Aguiar


LOS COMPARECIENTES:

Demandante

Jhonny Canelón


Apoderado Judicial de los Demandantes,

Abg. Alejandro Ramón Pérez Crespo


Jorge Pérez


Abg. Cesar Castillo


Abg. Ernesto Pacheco


La Secretaria,

Abg. Josefa Carmona