REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL No. 02
Guanare, 19 de enero de 2006
195º y 146º

Vista la solicitud formulada por la ciudadana LILIANA ZIRIT GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.073.776, de este domicilio, actuando en nombre de su hija la niña ANYERLING FRANCHESCA CASTELLANO ZIRIT, debidamente asistida por el abogado ALBERTO GREGORIO SERRANO MORENO, en su carácter de Defensor Público (E), para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, donde solicita de este Tribunal AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA RETIRAR PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE en nombre de la referida niña, por ante el Banco Provincial Agencia Guanare, depositado en la cuenta No. 0108-2422-24-0200196210, en razón de la muerte del ciudadano ANTONIO JOSÉ CASTELLANO QUEVEDO y siendo evidente que la niña ANYERLINGN FRANCHESKA CASTELLANO ZIRIT tiene la cualidad que se señala; este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana LILIANA ZIRIT GIL, identificada anteriormente, para que retire los haberes por concepto de Pensión de Sobrevivientes que le correspondan a la niña ANYERLINGN FRANCHESKA CASTELLANO ZIRIT por el expresado concepto, los cuales se encuentran depositados en el Banco Provincial Agencia Guanare, en la cuenta de ahorro No. 0108-0066-24-020016210. Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión.-


El Juez,



Abog. Oscar Mahín Mejías Ramos

La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona.

OMMR/FUC/Oswaldo H.-

Solicitud No. 1458.-