En fecha 11-01-06 se recibe Solicitud de Autorización Judicial, formulada por la ciudadana DORELYS NAYIBE JIMENEZ ZARATE, venezolana, mayor de edad, soltera, de Oficios del Hogar, domiciliada en Agua Blanca Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° 14.540.609, actuando en representación de su hijo ....., de un (1) año de edad, asistida por la Abogado GERTRUDIS ELENA ALCOBA, Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial; tal como se evidencia de la copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 392 anexa en el Título de Únicos y Universales Herederos, y del Acta de Defunción igualmente inserta en dicho Título. Fallece en la vía Pública de Sabana Alta Municipio Simón Planas, La Miel Estado Lara, el ciudadano RICHARD OSCAR MENDOZA ANTIQUE, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, de ocupación Guardia Nacional, domiciliado en Agua Blanca Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N°11.433.119, padre de su hijo ya mencionado, pues al fallecer aquél su persona se encontraba embarazada, y al nacer su hijo fue reconocido por la Abuela paterna, ciudadana GLADYS PASTORA ANTIQUE, titular de la Cédula de Identidad N° 3.966.145, tal como se evidencia de la Partida de Nacimiento inserta en el Título de Únicos y Universales Herederos expedido por este Tribunal, motivo por el cual, solicita AUTORIZACION JUDICIAL amplia y suficiente, para gestionar, tramitar, y cobrar ante el Instituto de Prestaciones Sociales de las Fuerzas Armadas (IPSFA), la cuota parte que le corresponde a su mencionada hijo, por concepto de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Seguro de Vida, pensión de Sobrevivientes, y otros como heredera de su difunto padre RICHARD OSCAR MENDOZA ANTIQUE.