En fecha 25-10-05 se recibe del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Circuito y Circunscripción Judicial, por Declinación de Competencia, la Solicitud suscrita por la ciudadana ESMERALDA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, de Oficios del Hogar, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 12.710.174, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos ....., de 5 y 11 años de edad, asistida por el Abogado en ejercicio RAMON C. FREITEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.109, mediante el cual solicita se les otorgue Título de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre de JOSE ALFREDO MARTINEZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, de su mismo domicilio, portador de la Cédula de Identidad N° 11.545.225, que falleció ab-intestato en la vía Agua Blanca, Lácteos del Llano, Municipio Araure Estado Portuguesa, el día 18 de Septiembre de 2.005; que todo lo narrado se evidencia del Acta de Matrimonio N° 438; copias certificadas de las Partidas de Nacimiento números 463, y 1.925; Acta de Defunción N° 871 que anexa a la solicitud; que De Cujus era su esposo y padre de sus hijos ya mencionados; motivo por el cual pide se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de JOSE ALFREDO MARTINEZ, e igualmente pide se declaren a las personas que en su oportunidad presentará.
En fecha 31-10-05, se ADMITE la solicitud ordenándose la publicación de un Cartel de Notificación en un Diario de amplia circulación Nacional y librar Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente. En fecha 02-12-05 fue agregado ejemplar del Diario “El Nuevo País” de esa misma fecha, en la cual aparece publicado en la página 15 un cartel de Notificación, de fecha 28-11-05.
Del folio 22 al 24 corre inserta diligencia suscrita por el Abogado RAMON C. FREITEZ RODRIGUEZ, mediante la cual consigna poder Apud-Acta conferido a su persona por la ciudadana ESMERALDA GONZALEZ; autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Acarigua en fecha 20-10-05, anotado bajo el N° 39, Tomo 110, de los Libros de Autenticaciones, solicita nueva oportunidad para presentar a los testigos. En fecha 02-02-06, los mismos, una vez cumplidos los tramites se identificaron de la manera siguiente: INGRID COROMOTO SABATINI CHIRINOS y AURISTELA CORTEZA LUGO DE PEÑA, venezolanas, mayores de edad, hábiles, domiciliada la primera en Avenida 33 entre calles 32 y 33 N° 32-60, Acarigua Estado Portuguesa, la segunda en Calle 29 entre avenidas 28 y 29 N° 124, de la misma población y Estado, titulares de las Cédulas de Identidad números 13.228.722 y 3.865.376, respectivamente, quienes fueron contestes al momento de testimoniar en sus declaraciones insertas a los folios 26 y 27, en su órden.