Seguidamente en horas de despacho del día de hoy Jueves 16 de Febrero del 2006, siendo las 12:55 p.m. se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Esteller, Turén y Santa Rosalía en la Sucursal del Banco Mercantil, agencia Turén, el cual se encuentra ubicado en la calle 11 entre avenida 3 y 4 del antes mencionado municipio, sitio indicado por la parte interesada para la practica de la medida de Embargo Preventivo decretado por el Tribunal de la causa en el expediente Nro. 2006-0026; Demandante: Edecio Alberto Rojas Ovalles, ya antes identificado. Demandado: Guerino Dell`Orco Molón, titular de la cedula de identidad Nro. 174.226; Motivo: Cobro de Bolívares. Encontrándose presente la parte actora Abogado Edecio Alberto Rojas Ovalles, ya antes identificado, el tribunal procede a designar como Perito Avaluador y Depositaria Judicial, a los ciudadanos: Orozco Hidalgo Ronal José, venezolano , mayor de edad, T.S.U en Administración, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.847.230, de este domicilio y a la ciudadana Carmen Castellano de Delgado, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.996.303, de este mismo domicilio, quienes estando presentes y debidamente notificados de sus designaciones, manifestaron su aceptación y juraron cumplir bien y fielmente con los cargos designados. Se le notificó de la misión del Tribunal previa lectura del despacho, a la ciudadana Naile Coromoto Vargas Torrealba, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.545.797, quien manifestó ser la Coordinadora de Servicios de la Entidad Bancaria donde se encuentra constituido el Tribunal. Seguidamente la parte actora solicita la palabra y expone: “Solicito se determine a través de la funcionaria del Banco, si el demandado posee en esta entidad bancaria, fondos suficientes para cubrir el monto decretado por el Tribunal de la causa, para embargar preventivamente, y en el caso de que el monto no cubra lo decretado, me reservo el derecho de seguir embargando bienes del demandado, es todo”. En este estado la funcionaria de la Entidad Bancaria manifiesta que el demandado Guerino Dell`Orco Molón, dispone de una cuenta corriente Nro. 01050155591155011384, con un monto disponible de NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 9.143.169,32), es todo”. Seguidamente vista la exposición de la Coordinadora de Servicios del Banco Mercantil, agencia Turén, el Tribunal Ejecutor de Medidas Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley declara la desposesión Jurídica y formalmente embargada de manera preventiva la cantidad de NUEVE MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 9.100.000,00), los mismos se dejan en guarda y custodia de la funcionaria Coordinadora de Servicios de la entidad bancaria Naile Coromoto Vargas Torrealba, ya identificada y se releva de toda responsabilidad a la Depositaria Judicial designada, quien estando presente los recibe conforme y se compromete a cumplir bien y fielmente con las disposiciones legales que rigen la materia. Se deja constancia que los dos montos embargados ascienden a un total de VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 22.698.000,00), es todo. Cumplida como ha sido la misión del Tribunal y siendo la 1:35 p.m. se ordena la restitución a su sede, es todo. Se terminó, se leyó y conformes firman. L.S La Jueza Provisoria, (fdo) firma ilegible, Abg. Yllani de Lima Jacobo. El Abogado Actor, (fdo) firma ilegible, Edecio Rojas Ovalles. La Notificada, (fdo) firma ilegible, Naile C. Vargas Torrealba. La Depositaria Judicial, (fdo) firma ilegible, Carmen Castellano de Delgado. El Perito Avaluador, (fdo) firma ilegible, Ronal Orozco. El secretario, (fdo) firma ilegible. Raúl Delgado.