REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare, 17 de Febrero de 2006
195° y 146°
Vista exposición formulada por el ciudadano MAURICIO GARCIA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.449.999, por ante este Despacho en esta misma fecha, sobre el ejercicio de la GUARDA de la adolescente YOSMELY COROMOTO GARCIA PEREZ y la niña MAYRA ALEJANDRA GARCIA PEREZ, de 13 y 11 años de edad, respectivamente, donde el padre conviene que la madre ciudadana MARIA SUNCION PEREZ FLORES continué su ejercicio; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente y la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N° 6047
Amny.-