REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE CONTROL


Guanare, 28 de Julio de 2006.
Años: 196° y 147°
N°_________
Solicitud N° 2CS-4839-06.

Visto el escrito presentado por el Abogado Rafael Enrique Vivenes, actuando con el carácter de Fiscal Superior (E) del Ministerio Público de este Estado contentivo de solicitud de Medida de Protección interpuesta para el ciudadano Francisco Manuel Martínez, venezolano, mayor de edad, mayor de edad, casado, Tipógrafo y Agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-1.302.695, de 72 años de edad, domiciliado en la Parcela 40-A, del parcelamiento Campesino “Mata de Palma” Martínez Crest, carretera vía al poblado de la Quebrada del Mamón, Municipio Guanare Estado Portuguesa, en su carácter de victima, en virtud de que según versión de los hechos, rendidos por el mencionado ciudadano, quien manifestó: “…En el año, 1974, le compré al Señor Andrés Arias, bienhechurias constituidas de cercas de alambres de púas y estantillo de madera, …Desde ese entonces la vengo poseyendo pacíficamente y legalmente, donde la he trabajo durante todos estos treinta y un (31) años, indicando: “…Es el caso que el día 13 de Agosto del 2004, se origina una denuncia de tierra ociosa en contra mi finca y los denunciantes, se apoderan de la misma como invasores y me sacan de ella amenazándome con armas blancas (machetes)…Desde ese entonces, para mi ha sido imposible tener acceso a mis tierras y bienhechurias, …ya que cada vez que yo tengo la intención de entrar a mi parcela, soy amenazado de muerte, verbalmente y con armas blancas, lo cual hace imposible el acceso a mi propiedad…”.
Ahora bien, como la Ley autoriza al Juez de Control para adoptar las medidas necesarias para garantizar la integridad física de la víctima, así como sus bienes y por cuanto se puede evidenciar, de la versión recién descrita, rendida por el ciudadano Francisco Manuel Martínez, en fecha 20 de Julio de 2006, por ante la Fiscalia Segunda del Ministerio Público, remitido a la Unidad de Atención a la Víctima adscrita a la Fiscalia Superior del Ministerio Público mediante oficio N° 18-FS-1719-06, que amerita tal medida, es procedente atender el petitorio de la máxima Representación Fiscal del Estado y, en consecuencia, este Tribunal acuerda otorgarle Protección al Ciudadano Francisco Manuel Martínez, venezolano, mayor de edad, mayor de edad, casado, Tipógrafo y Agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-1.302.695, de 72 años de edad, domiciliado en la Parcela 40-A, del parcelamiento Campesino “Mata de Palma” Martínez Crest, carretera vía al poblado de la Quebrada del Mamón, Municipio Guanare Estado Portuguesa. Así se decide.

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de Control N° 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, acuerda la medida de protección a favor del ciudadano Francisco Manuel Martínez, por un lapso de quince (15) días, consistente en Patrullaje diurno y nocturno en la residencia del mencionado ciudadano.


La Juez de Control N° 2,


Abg. Narvy del Valle Abreu Moncada.


La Secretaria,


Abg. Reina María Rangel.
2CS-4839-06.
Asistente Judicial: Solange M. Altuve M.
Hora de emisión: 02:52:05 p.m.