REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN


Guanare, 28 de Julio de 2006
Años: 196° y 147°


CAUSA Nº 1E-835-04

Vista la diligencia tomada, al penado MONROY MARTINEZ LUIS ALFREDO, titular de la cédula de identidad Nº 19.056.895, mediante el cual solicita permiso por el lapso y en la fecha, que este Tribunal le conceda ya que le fue indicado reposo por el lapso de 15 días, a fin de practicarse tratamiento odontológico, el cual cumplirá en la siguiente dirección: Barrio Cuatricentenario, cerca de la Licorería, calle 3, con avenida 2, en la casa de su tía Lucy Monroy, Guanare, Estado Portuguesa, anexando reposo médico; este juzgado para resolver observa:


El Articulo 62 literal “C” de la Ley de Régimen Penitenciario, exige como requisito: “los penados obtendrán salidas transitorias… debidamente vigilados… previo los requisitos que reglamentariamente se fijen, en los siguientes casos: Gestiones Personales no delegables o cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión…”

De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a los supuestos previstos en la Ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la solicitud para el otorgamiento de la Salida Transitoria al penado MONROY MARTINEZ LUIS ALFREDO, por tratarse de reposo por 15 días, a fin de practicarse tratamiento odontológico a la cual debe someterse el penado, se otorga desde la presente fecha, debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal el día Viernes 11/08/2006 a las 6:00 p.m. líbrese Boleta de Notificación al penado. Ofíciese.-
Regístrese, notifíquese, y déjese copia.

La Juez de Ejecución Nº 1.


Abg. Ana Isabel Gavidia.
La Secretaria,


Abg. Karla Guerrero.