En fecha 18-07-06, se recibe Acta de la Fiscalía Cuarto del Ministerio Público, Acta N° 215 , por Régimen de Visita, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, convenido por los ciudadanos WILLIAN DARWIN RODRIGUEZ ARRIECHI y FRANCIS NORMELIS SERRADA, venezolanos, mayores de edad, domiciliado en Píritu Estado Portuguesa, titulares de las Cédulas de Identidad números 13.228.982 y 15.691.899, respectivamente, padres de la niña ..... de cuatro (4) años de edad; en donde convienen que el Régimen de Visitas será: el padre buscará a su hija en el hogar materno los días viernes desde las 6:00PM hasta el domingo a la misma hora, cuando la regresará a la madre, cada quince (15) días; temporadas de Carnaval, Semana Santa, 24 y 31 de Diciembre, vacaciones escolares, serán compartidas de manera alterna, comenzando este año, el 24 de Diciembre lo pasará con el padre; el día del cumpleaños de la niña podrán compartirla juntos, todo de conformidad con el Artículo 314 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se recibe dicho convenio por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 18-07-06 para su respectiva HOMOLOGACION.
Al folio 2 corre inserta acta N° 215 de convenio suscrito por los ciudadanos WILLIAN DARWIN RODRIGUEZ ARRIECHI y FRANCIS NORMELIS SERRADA, ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; Al folio 3 copia certificada de la Partida de Nacimiento de la niña involucrada; a los folios 4 y 5 fotocopias de las Cédulas de Identidad de los solicitantes; al folio 6 auto de Entrada; al folio 7 auto de ADMISION; al folio 8 corre agregada diligencia de fecha 18-07-06 de los ciudadanos WILLIAN DARWIN RODRIGUEZ ARRIECHI y FRANCIS NORMELIS SERRADA, titulares de las Cédulas de Identidad números 13.228.982 y 15.691.899, respectivamente, ratifican en todas y cada una de sus partes el Acta de REGIMEN DE VISITAS convenida por ellos ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y solicitaron al Tribunal se HOMOLOGUE el presente convenimiento.
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