En fecha 26-06-06 se recibe Solicitud de Autorización Judicial, formulada por la ciudadana MARIA PRIMITIVA LEON ANTEQUERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 9.045.387, actuando en representación de su hija ..., de diecisiete (17) años de edad, asistida por la Abogado en ejercicio YGDALIA CAROLINA ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.656; tal como se evidencia de la copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 292; del Acta de Defunción N° 1.151; y del Título de Únicos y Universales Herederos expedido por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de este Circuito y Circunscripción Judicial, todos anexos a la solicitud. Fallece en el Hospital Central Doctor Jesús María Casal Ramos, de esta ciudad, el ciudadano LEONARDO ANTONIO ARIAS, quien era venezolano, mayor de edad, ex Agente Policial, y portador de la Cédula de Identidad N°V-2.536.674, padre de su hija ya mencionada, motivo por el cual, solicita AUTORIZACION JUDICIAL amplia y suficiente, para gestionar, tramitar, y cobrar ante el Ejecutivo Regional del Estado Portuguesa, la cuota parte que le corresponde como heredera de su difunto padre LEONARDO ANTONIO ARIAS.