REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01

Guanare, 13 de Julio de 2006
196° y 147°

Vista la conciliación celebrada entre las partes JANSON ONEL RIVAS PIÑA Y CARMEN ALICIA CONTRERAS PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 13.531.194 y 12.509.288, respectivamente, por ante la Defensoria del Niño y Adolescente de la Fundación del Niño y ratificada por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento del REGIMEN DE VISITAS de los niños (…), de 11 y 05 años de edad, respectivamente, donde los niños permanecerán con su padre Janson Onel Rivas Piña todos los días Lunes a Jueves desde las 12:00 m., hasta las 08:00 p.m., hora en que su madre Carmen Alicia Contreras Parra los pasara buscando, los días Viernes desde la 01:00 p.m., hasta los días Domingos a las 06:00 p.m., permanecerán con su padre y la familia paterna, las vacaciones escolares serán compartidas con la madre y el padre, en períodos iguales, con respecto a las fechas de Semana Santa, Carnavales, Navidad y año nuevo, serán alternados en beneficios de los niños; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.


La Jueza,



Abog. Haydeé Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado verde
Exp. Civil Nº 6741/Amny.-