REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare, 17 de julio de 2006
195° y 147°

Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos ANGEL RAFAEL DI LORENZO GAMARRA y TATIANA DEL VALLE TAPIA GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº 9.405.697 y 10.723.288 respectivamente, por ante la sala de este Tribunal en esta misma fecha, sobre la Revisión de la obligación alimentaria en beneficio de la niña (…) de 10 años de edad, donde el padre se obliga a aumentar a la cantidad de 200.000 bolívares mensuales y en los meses de septiembre y diciembre la cantidad de 400.000 bolívares, los cuales seguirá depositando en la cuenta de ahorros N° 014-21-0010101139 a nombre del Tribunal Supremo de Justicia y en beneficio de la niña (…) de la Entidad Bancaria Banfoandes; así como también el padre se obliga a cancelar la totalidad de los gastos por conceptos de honorarios médicos y medicinas de la niña y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,



Abog. Haydee Oberto de Colmenares.

La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N° 6.805
Carolina E.