REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DEL ESTADO PORTUGUESA.
196° Y 147°

N° DE EXPEDIENTE: PP21-S-2006-000098
PARTE ACTORA: JOSE FRANCISCO BARRIOS BENITEZ, titular de la cédula de identidad Nro.3.836.777
PARTE DEMANDADA: MOTIASCA- INVERCANPA
APODERADA JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA: ABGª ROSA CEBALLOS, titular de la cédula de identidad Nro.7.199.365; inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.25.514
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy cuatro de julio de dos mil seis, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la empresa demandada abogada ROSA CEBALLOS, inscrita en el Inpreabogada bajo el Nro.25.514, cualidad que se evidencia de poder original consignada “ad efectum videndi” para que una vez confrontado con su copia sea esta agregada a los autos. Se deja constancia de la no comparecencia del actor, por lo este Juzgador de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgador, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. La Apoderada Judicial compareciente solicito copia certificada de la presente acta, lo cual fue acordada por el Juez en este mismo acto. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147° y 196 °.
El Juez; La Secretaria;

Abg. Antonio María Herrera Mora. Abgª Verónica Martínez Díaz


La Apoderada Judicial compareciente;