DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO en la causa seguida en contra del ciudadano GAWAN ASAN ABBOUD RCHED, Venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad N° 11.650.880 y residenciado en Calle 18 entre carreras 5ta y 6ta Edificio San Juan Guanare Estado Portuguesa, de conformidad el artículo 318 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal.

Háganse las notificaciones pertinentes.

La Juez de Control N° 2,

Abg. Narvy del Valle Abreu.
La secretaria,


Abg. Reina Rangel.

Yt.