REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal1° de Sust. Med. Y Ejec. Del Circuito Laboral del Estado Portuguesa Sede Acarigua
Acarigua, dieciséis de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: PP21-S-2006-000008



Concluida como ha sido la Audiencia Preliminar en fecha 07 de junio de 2006, sin haber presentado la accionada en su oportunidad escrito de contestación a la demanda; ésta Juzgadora ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de este Circuito Laboral sede Acarigua, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los fines de la decisión de la causa. Líbrese el Oficio correspondiente. Es Todo.

La Jueza, La Secretaria,


Abg° Lisbeys Rojas Molina Abg° Verónica Martínez