REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Guanare 05 de junio de 2006.
196° y 147°

EXPEDIENTE N° 1961.

DEMANDANTE: CERGIO CUEVAS ( APODERADO JUDICIAL
DE ADMINISTRADORA Y´ROS)


DEMANDADO: CARLOS FRANCISCO VILLEGAS

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO

SENTENCIA: (INTERLOCUTORIA)

Visto el anterior libelo de demanda recibido en fecha 13-02-2006, y admitida por auto en fecha 16-02-2006, (Demandante: CERGIO CUEVAS APODERADO JUDICIAL DE ADMINISTRADORA Y´ROS. DEMANDADO: CARLOS FRANCISCO VILLEGAS. MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO y por cuanto revisado el expediente, el Tribunal observa que desde el día 16-02-2006, fecha de la última actuación hasta el día de hoy, ha transcurrido más de un (01) mes sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento en la presente causa, lo que demuestra un evidente desinterés procesal por parte de la parte accionante y que configura un tácito decaimiento de su interés en juicio por cuanto desde el día 13-02-2005, fecha en que se introdujo la demanda no existe otra actuación por parte del accionante y en tal virtud se configuro la perención de la instancia. En consecuencia, de conformidad con el Artículo 267 Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil y por cuanto es procedente, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio..-Notifíquese a la parte actora.-
Librese boleta de notificación y entréguesele al Alguacil encargado de practicar, a los fines del recurso si hubiere.-

El Juez,

Hugo Segovia Lovera.

La Secretaria,

Abg. Angie Vivas Velazco.