REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPEROSNAL Nº 02

Guanare 12 de Junio de 2005
196º y 147º



Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos ADAN JOSE VALERA DELFÍN Y REIDY CAROLINA ZABALA ARRIECHE, titulares de las cedulas de identidades nros. 14.835.776 y 15.798.916, respectivamente, por ante la Defensoria del niño y del adolescente, y ratificada por ante este Despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento de RÉGIMEN DE VISTAS del padre en beneficio del su hija la niña ADA CAROLINA VALERA ZABALA de 10 meses de nacida, el cual ha quedado establecido de la siguiente manera el padre buscara a la referida niña en el hogar de la madre los días lunes y martes desde las 02:00 p.m. hasta las 04:00 p.m., y los fines de semana (sábados y domingos) serán intercalados de 02:00 p.m hasta las 05:00 p.m; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,



Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez


La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Exp. Civil Nº 6669
Natali G.-