REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 22 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-005846
ASUNTO : PP11-P-2005-005846


Visto el escrito presentado por la ciudadana ELBA DE ABREU, en su condición de víctima, en el cual solicita MEDIDA DE PROTECCION, a favor de su persona y grupo familiar, este Tribunal observa:

Si bien es cierto que el artículo 26 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, establece:

“El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.”

Y el artículo 120 numeral 3° establece como derecho de la víctima el solicitar medidas de protección, no es menos cierto que dicha solicitud debe ser interpuesta por ante la Fiscalía Superior, de conformidad con el artículo 81 y siguientes de la Ley Orgánica del Ministerio Público, para que ésta mediante escrito fundado y previa la verificación de las circunstancias que expusiere el solicitante interponga la solicitud de Medida de Protección correspondiente ante el Tribunal competente, razón por la cual, al no haberse interpuesto la solicitud previamente ante la Fiscalía Superior del Estado Portuguesa, este Tribunal niega lo solicitado por la ciudadana ELBA DE ABREU, en su condición de víctima en la presente causa. Así se decide.


Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua NIEGA LA MEDIDA DE PROTECCION SOLICITADA por la ciudadana ELBA DE ABREU, en su condición de víctima en la presente causa.

Notifíquese a la solicitante, y a su abogado asistente.

Ofíciese lo conducente.


El Juez IV de Juicio

Abg. Víctor Hugo Mendoza
La Secretaria

Abg. Susana González