Vista la solicitud interpuesta por la Fiscal Quinta del Ministerio Público Abogada Teresa de Jesús Rivero, mediante la cual solicita de este Tribunal sea decretado el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, la cual se le sigue al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en virtud de que el mencionado adolescente ha cumplido en el lapso establecido por este Tribunal, con las obligaciones impuestas en Audiencia de Conciliación celebrada en fecha 25-09-2003.

Este Tribunal para decidir Observa:

Que en fecha 25-09-2003, fue homologado por este Tribunal de Control Nº 02, acuerdo conciliatorio en la presente causa, imponiéndose al adolescente IDENTIDAD OMITIDA las siguientes obligaciones:

1.- Continuar sus Estudios.-

2.- El Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, se comprometió a no incurrir en conducta que traiga como consecuencia la apertura de una causa penal en su contra.

3.- La obligación de someterse a la orientación y supervisión del Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema penal.

Suspendiéndose en Proceso a Prueba por el lapso de dos (02) años.

Dicho Acuerdo Conciliatorio fue cumplido en su totalidad por el mencionado Adolescente, tal como se desprende de las actas procesales que conforman la presente causa y que rielan a los folios 90, 91, 98, 99, 102, 104, 105, 109, 110, 114, 115, 120, 121, 123, 124 128, 129, 137 y 138 de la misma, consistiendo éstas en los informes emanados del Equipo Técnico adscrito a este Sistema Penal, y constancia de estudios.