N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2005-000787
PARTE ACTORA: JUAN ARROYO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: CENTRO SOCIAL LUSO VENEZOLANO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JORJE TORRES
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

ACTA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy Viernes 03 de Marzo de 2006, siendo las 10:00 am, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, anunciada de viva voz por el alguacil WILMER LINARES, guiándose por el reloj del este Circuito Judicial Laboral; se deja expresa constancia que el demandante JUAN ARROYO no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del apoderado Judicial de la demandada abg° JORGE TORRES, identificado con el Inpreabogado N° 67.459 y del representante legal de la demandada ciudadano JOSE PEREZ BIGOTT. En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Y Así Se Establece. Es Todo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 194 °.
La Jueza, La Secretaria,

Abg° Ligia López CArieles Abg° Verónica Martínez.



El representante legal de la empresa
demandada y su abogado asistente.

Se registró y se publicó siendo las 10:30 m. Conste

La Scria,