REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Guanare, 01 de marzo de 2006
195° y 146°


Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos WILLIAM JONATHAN MARTINEZ HERRERA e IRIS DEL VALLE DELGADO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº V-12.956.871 y V-16.208.769 respectivamente, por ante la sala de este Tribunal, donde el padre cede la guarda de su hijos los niños JONAIRIS DEL VALLE MARTINEZ DELGADO y WILKER JOSE MARTINEZ DELGADO de 01 y 02 años de edad respectivamente, a su padre, ciudadano antes identificado y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

El Juez,



Abog. Oscar Mahín Mejías Ramos.

La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona
Exp. Civil N° 6.256
Carolina E.