REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VEENZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 01 TEMPORAL
Guanare, 17 de marzo de 2006
195º Y 147º
Vista la conciliación celebrada por los ciudadanos ARNOLDO JOSE OLIVA OLIVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.605.988, y la ciudadana LISBETH RAQUEL PARRA GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.204.150, sobre la REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA del ciudadano ARNOLDO JOSE OLIVA OLIVA, en beneficio de su hijo el niño LUIS ALEJANDRO PARRA GUZMAN, la cual ha sido fijada por la cantidad de Bs. 90.000,00 mensuales y en los meses de septiembre y diciembre la cantidad de Bs. 180.000,00; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 ejusdem.
El Juez Temporal,
Abog. Oscar Mahín Mejías Ramos.
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Liliana B.-
Exp. Civil Nº 6283