REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VEENZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02

Guanare, 17 de marzo de 2006
195º Y 147º



Vista la conciliación celebrada por los ciudadanos ARNOLDO JOSE OLIVA OLIVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.605.988, y la ciudadana LISBETH RAQUEL PARRA GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.204.150, sobre el establecimiento de REGIMEN DE VISITA del ciudadano ARNOLDO JOSE OLIVA OLIVA, en beneficio de su hijo el niño LUIS ALEJANDRO PARRA GUZMAN, el cual ha sido fijado de la siguiente manera: El padre buscara al niño LUIS ALEJANDRO PARRA GUZMAN el hogar de la madre el día domingo al mediodía y lo devolverá el mismo día a las 6 de la tarde; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

El Juez,



Abog. Oscar Mahín Mejías Ramos.
La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona.
Liliana B.-
Exp. Civil Nº 6286