REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL 02
Guanare, 06 de Marzo de 2006
195º y 147º
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos Wylson Antonio Sacipa Aldana y Dilia Zulay Ramos, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, y ratificada por ante este Despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento de OBLIGACION ALIMENTARIA del padre en beneficio de su hija de los niño Gerson David Sacipa Ramos, de un (01) año de edad, por la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs.120.000,oo) mensuales, y en el mes de diciembre la cantidad de (Bs.240.000,oo), así mismo los gastos requerido por el niño, en cuanto a calzado, vestuario y medicinas será sufragado por los padres en un 50%, y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Juez,
Abog. Oscar Mahìn Mejias Ramos
La Secretaria,
Abog. Florbelia Urquiola Corona.
Exp. 6268
Nathalye G.-