REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN N° 2

Guanare, 24 de mayo de 2006
Años: 195° y 146°

CAUSA N° 2E-44-04

Visto el escrito del penado BRICEÑO GONZALO JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° 9.413.521, a través del cual solicita ante este Tribunal, le sea otorgado permiso, desde el Miércoles 24/05/2006 a partir de las 12:00 m hasta el día Lunes 29/05/2006, para trasladarse hasta la Finca Doña Graciela, Vía Biscucuy Municipio Sucre del Estado Portuguesa, con la finalidad de visitar a su familia.

El Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, exige como requisito: “Los penados obtendrán salidas transitorias… debidamente vigilados… previo los requisitos que reglamentariamente se fijen, en los siguientes casos: Gestiones no delegables o cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión…”

De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a lo previsto en la ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la solicitud para el otorgamiento de la salida transitoria al penado BRICEÑO GONZALO JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° 9.413.521, desde el día Miércoles 24/05/2006 a partir de las 12:00 m hasta el día Lunes 29/05/2006, debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal a las 6:00 p.m. del mismo día Lunes 29/05/2006 y así lo decide este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en función de Ejecución N° 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, déjese copia.

Juez de Ejecución N° 2

Abg. Luis Alberto Hernández Mendoza
La Secretaria

Abg. Orlaimar Valderrama