Vista la conciliación celebrado entre las partes ciudadanos Catalina del Carmen Lacruz vs. Máximo Antonio Briceño Peraza, titulares de las cédulas de identidad N° 16.475263 y 9.405.801, donde el demandado se compromete a pasarle la cantidad de cien mil bolívares (Bs.100.000,00) mensuales, y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año a favor de su hija: xx, dicha cantidad será depositada en la cuenta de ahorro N° 0108 0111 71 0200220955, del Banco Provincial y retirada por su representante, seguidamente la ciudadana Catalina del Carmen Lacruz estuvo de acuerdo con lo ofrecido por el padre de su hija