República Bolivariana de Venezuela




Juzgado de Los Municipios Guanarito y Papelón
de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Con Competencia en materia de Obligación Alimentaria.
GUANARITO.
Guanarito, cuatro de mayo de dos mil seis.
196° y 147°
Vista la conciliación entre las partes, ciudadanos: YELITZA RAMONA NEIRA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, soltera, del hogar, domiciliada en el Caserío Palmar de Morrones Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-12.895.077 y GENNY RAUL ESCALONA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, obrero, domiciliado en el Barrio José Antonio Páez sector IV, Municipio Guanarito Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-20.544.945; en el Juicio de Obligación Alimentaria, en beneficio de los niños: Raul David, Gendy Yahely y Edixon Javier Escalona Neira, en la cantidad de Doscientos Mil Bolivares (Bs.200.000,oo) mensuales, a partir del mes de mayo de 2006, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros aperturaza en la Agencia del Banco de Venezuela; en los meses de septiembre y diciembre de cada año, la cantidad de Cuatrocientos Mil Bolivares (Bs. 400.000,oo), sufragará los gastos de: ropa, zapato y útiles escolares. En cuanto a los gastos de medico y medicina, será sufragado por ambos padres, cuando lo requiera los niños beneficiarios en este procedimiento. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio, no vulnera los derechos del niño y del adolescente, consagrados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Juzgado de Los Municipios Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: le imparte su Homologación de conformidad con lo establecido en el artículos 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. ASI SE DECIDE. Diarícese, Regístrese, Déjese copia certificada de la presente decisión. Expediente Civil N° 770-06.

La Juez Provisorio; La Secretaria Temporal;

Abg. Nora Josefina Frías. TSU. Hisbel Guerra.
Asistente: Henry Campos.