REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

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CIRCUITO JUDICIAL PENAL SECCIÓN ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CONTROL


Guanare 10 de Mayo del 2006.
196° y 146


2Cs-347-05


Visto que para el día de hoy se encontraba fijada la Audiencia para verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por este tribunal en fecha 21-4-2005 al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, en virtud de que en esa misma fecha este tribunal homologo el acuerdo conciliatorio y ordeno la suspensión del proceso a pruebas por el lapso de UN (1) Año y le impuso como obligación la prohibición de comunicarse con la victima y someterse a las orientaciones del Equipo Multidisciplinario y dado a que hasta la presente fecha el adolescente no ha cumplido con esta ultima obligación, ni ha comparecido a las referidas orientaciones, ni a los llamados que le hiciere este tribunal es por lo que se hacen los siguientes pronunciamientos:



Visto el incumplimiento injustificado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, es por lo que este tribunal, procediendo conforme a las disposiciones previstas en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, lo Declara en Rebeldía y ordena su inmediata ubicación con los órganos de Policiales del Estado Portuguesa, una vez lograda esta deberá ser puesto a la orden de este tribunal a los fines legales consiguientes.

En tal sentido es por lo que este tribunal de Control del Sistema de Responsabilidad del adolescente, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA LA UBICACIÓN INMEDIATA DEL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY conforme a lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y Adolescente. Pronunciamiento que se dicta en la Ciudad de Guanare a los diez días del mes de mayo del dos mil seis.

Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Líbrese las correspondientes boletas de ubicación a los órganos policiales del Estado Portuguesa.

LA JUEZ DE CONTROL 2



ABG ROSANNA PIRELLI MARTINEZ



LA SECRETARIA




ABG GLAIZA REYES DE ESPAÑA