REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION

Guanare, 23 de Noviembre de 2006
Años: 196° y 147°
N° 25
CAUSA E1-947-06

Recibida como ha sido la presente causa, seguida contra el ciudadano TRIVIÑO MARTINEZ ANTONIO JOSE, venezolano, natural de la Guaira estado Vargas, nacido el 15 de Enero del año 1.964, de 22 años de edad, identificado con cédula N° 10.057.196, residenciado en el Barrio “Ajuro”, calle principal, casa sin número, cerca del liceo de Biscucuy, estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de Lesiones Intencionales Graves y Porte Ilícito de Arma previstos y sancionados en los artículos 417 y 278 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del hecho, procedente del Juzgado en Función de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal, observándose que a los fines de la Ejecución la sentencia ésta es de naturaleza absolutoria, por lo que es procedente el archivo definitivo de la presente causa previa la destrucción del arma incautada la cual resultó ser una navaja plegable, constituida por una hoja metálica de corte, de 91 m.m de longitud, por 19 m.m de ancho en sus partes prominentes, con extremidades distar terminada en punta aguda, borde inferior amolado en doble bisel, con mango de madera de color marrón, con inscripciones identificativa donde se lee en bajo relieve “Okapi Made In Germany”, destrucción esta que fue ordenada por el Juez de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial penal, constatándose de la revisión de la causa que cursa al folio 207 de la pieza N° 2 Acta de Investigación Penal emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, sub. delegación Guanare, Delegación Estatal Portuguesa, de fecha 01-11-06, en la cual se deja constancia que “…dándole cumplimiento con lo ordenado en el oficio N° 1.599-12, de fecha 30-10-06, emanado del Tribunal de Juicio N° 2, se procedió a la destrucción de un arma blanca (Navaja), de fabricación Alemana, marca OKAPI, elaborada en madera y metal, la misma fue seccionada en varios trozos utilizando para ello una cizalla, en presencia de los funcionarios Detective Salas Bartolomé y Jorge Morón; guarda relación con la causa 2M-157-06. Es todo cuanto tengo que informar al respecto. Se leyó, termino y conforme firman:…”. En consecuencia es procedente el archivo definitivo, no teniendo por lo tanto ninguna actuación que practicar por parte de este Tribunal, se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al archivo definitivo así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Notifíquese a las partes y líbrese oficio. Cúmplase.

La Juez de Ejecución N° 1

Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria,

Abg. Karla Lorena Guerrero

Seguidamente se cumplió. Conste.

La Secretaria