REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN N° 2

Guanare, 09 de Octubre de 2006
Años: 196° y 147°

CAUSA N° 2E-616-01

Visto el escrito del penado RODRIGUEZ ARMELLA ELVIS ERMENEGILDO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.646.303, a través del cual solicita ante este Tribunal, le sea otorgado permiso, desde el Martes 10/10/2006 a las 8:00 a.m. hasta el día Jueves 12/10/2006 a las 8:00 a.m., para trasladarse hasta Avenida las Lagrimas, bajando por el Hospital San pablo, calle principal, casa S/Nº, color blanco, Acarigua Estado Portuguesa, con la finalidad de visitar a su familia.

El Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, exige como requisito: “Los penados obtendrán salidas transitorias… debidamente vigilados… previo los requisitos que reglamentariamente se fijen, en los siguientes casos: Gestiones no delegables o cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión…”

De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a lo previsto en la ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la solicitud para el otorgamiento de la salida transitoria al penado RODRIGUEZ ARMELLA ELVIS ERMENEGILDO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.646.303, desde el día Martes 10/10/2006 a las 8:00 a.m. hasta el día Jueves 12/10/2006 a las 8:00 a.m., debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal a las 8:00 a.m. del mismo día Jueves 12/10/2006y así lo decide este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en función de Ejecución N° 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, déjese copia.
Juez de Ejecución N° 2

Abg. Luis Alberto Hernández Mendoza
La Secretaria

Abg. Orlaimar Valderrama