Vista la conciliación celebrada por entre los ciudadanos: ARTURO JOSE RANGEL BRICEÑO y YACENIS PASTORA RIVERO, en beneficio de su hija: XX, donde ambas partes quedaron de acuerdo en que a partir de esta misma fecha se le comenzará a descontar de la nomina de pago del ciudadano: Arturo José Rangel, la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs. 120.000,oo) mensuales y en el mes de Diciembre el doble de dicha cantidad es decir Doscientos Cuarenta mil bolívares (Bs 240.000,oo), y de la misma manera se comprometió como la ha venido haciendo con los gastos de útiles escolares y uniformes en el mes de Septiembre y estrenos en el mes de Diciembre de cada año, y con su transporte mensual.