Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Gregorio de Jesús loyo González y Lucila del Carmen Pargas David,, por concepto de Obligación Alimentaria, por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de este Municipio Sucre del Estado Portuguesa, en beneficio de los niños: xx y xx ,en donde ambas partes acordaron que el padre de las niñas ciudadano: Gregorio de Jesús loyo González, se compromete a pasarle la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000,oo) mensuales, los cuales serán consignados ante la oficina de dicho Consejo de Protección, así mismo cubrir los gastos de consulta medica, medicina, útiles escolares, vestuario y calzados y aguinaldos para el mes de diciembre de cada año y