Vista la presente CONCILIACIÓN, celebrado entre los ciudadanos: EDECIO DAVID BARRIOS MORENO y JUANA CAROLINA ANDUEZA CORDERO, por concepto de Obligación Alimentaria, en beneficio del niño XXXX, donde ambas partes acordaron que el padre del mencionado niño, se comprometió a continuar depositando la cantidad de sesenta mil bolívares (Bs. 60.000,oo) mensuales hasta que cumpla un año trabajando o le aumenten el sueldo, igualmente se comprometió a cancelarle la cantidad de quinientos mil bolívares (Bs. 500.000,oo) por concepto de pago de la mitad por gastos ocasionados de medicina y útiles escolares, antes del 31 de diciembre del presente año, y darle el doble de la mensualidad en el mes de diciembre, cuyas cantidades serán descontadas directamente de nominas del organismos para el cual presta sus servicios.
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