N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2006-000386
PARTE ACTORA: YURAIMA LINAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN CARLOS HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIA VENEZOLANA MAICERA PRONUTRICO C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy Jueves 21 de Septiembre de 2006, siendo las 09:30pm, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, anunciada de viva voz por el alguacil JUAN JOSE ESCALANTE, guiándose por el reloj del este Circuito Judicial Laboral; se deja expresa constancia que el demandante YURAIMA LINARES no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del apoderado Judicial de la empresa demandada abg° ANAYANCY APONTE identificado con el Inpreabogado N° 105.652, cualidad que se evidencia de poder consignado en este acto para ser agregado a los autos. En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Y Así Se establece; el apoderado Judicial de la empresa demandada solicitó la expedición de copia certificada de la presente acta, lo cual fue acordado por la ciudadana Juez. Es Todo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 194 °.
La Jueza; La Secretaria,
Abg° Ligia López Carieles Abg° Verónica Martínez.
La Apoderada Judicial de la empresa demandada;
Se registró y se publicó siendo las 9:38Am. Conste
La Scria,
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