REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 01
Guanare, 21 de septiembre de 2006
196° y 147°

Visto el convenimiento celebrado por ante este Tribunal y en esta misma fecha, entre los ciudadanos JOSÉ GREGORIO VILLEGAS y YUSMAIRA DEL CARMEN GUDIÑO COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.044.747 y 19.582.580, respectivamente, sobre el RÉGIMEN DE VISITAS, en beneficio del niño …, de tres (03) años de edad, donde convienen que el padre buscará a su hijo, el niño … a la residencia de la madre del niño, todos los sábados por la mañana y lo regresará los domingos en la misma residencia en horas de la tarde; este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Juez,

Abog. Haydeé Oberto de Colmenares

La Secretaria Temporal,

Abog. Delvis Coromoto Pirela R.
HOdC/DCPR/Clarisel m.-
Exp. Civ. Nº 6985