REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCIÓN
Guanare, 30 de Abril de 2007
Años: 197° y 148°
N° 32
Causa N° 1 E-900-05
Por recibido Oficio 336, de fecha 20 de Abril de 2007 del Director del Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal y del Coordinador de Deporte, mediante el cual solicitan a este Tribunal se le concedo permiso al penado Busto Mena Roberto José, titular de cedula de Identidad N° 19.528.644, para trasladarse hasta el Centro Penitenciario de Los Teques Estado Miranda, a los fines de participar en el Clasificatorio Centro Occidental a realizarse a partir del 03 al 07 de Mayo de 2007; Este Juzgado para resolver Observa:
En el Artículo 51 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Régimen Penitenciario establece que: "Además de los beneficios que conceda el desarrollo progresivo de los tratamientos, se establecerán sistemas reglamentados de premios y privilegios que sirvan de incentivo inmediato a la mejor conducta y más favorable evolución del recluso."
De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a lo supuestos previstos en la Ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar para el otorgamiento de la Salida Transitoria al penado Busto Mena Roberto José, para trasladarse hasta el Centro Penitenciario de Los Teques Estado Miranda, a los fines de participar en el Clasificatorio Centro Occidental, el cual se otorga desde el 03/05/2007, debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal el día Martes 08/05/2007 a las 09:00 de la mañana, quedando bajo la responsabilidad del Director del Instituto de Capacitación Agrícola y Artesanal, todo vinculado con las seguridades que se requiere para que se efectué el mismo y con la obligación de consignar constancia de haber participado en dicho evento. Notifíquese lo acordado. Cúmplase.
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Juez de Ejecución N° 1,
Abg. Rafael Clemente Mújica Gimenez
La Secretaria,
Abg. Elys Aldana
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste
Stría.
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