REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guanare, 09 de Abril de 2007
Años: 196° y 148°

N° 02
Exp. N° 1E-436-00

Revisada como ha sido la presente causa instruida contra SOTERANO ENCARNACION DE JESUS, venezolano, mayor de edad, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacido el 25/03/1953, de 54 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 4.611.441, residenciado en el caserío Los Mamones de la Parroquia Payara Municipio Páez Estado Portuguesa, este Tribunal observa:

PRIMERO: En fecha 08 de Mayo de 1995, el suprimido Juzgado Superior Segundo en lo Penal del Segundo Circuito (Acarigua) de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, dictó sentencia condenatoria contra el ciudadano SOTERANO ENCARNACION DE JESUS, imponiéndole una pena de Doce (12) años, Dieciséis (16) días y Dieciséis (16) horas de Presidio, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple y Porte Ilícito de Armas previstos y sancionados en los artículos 407 y 278 del Código Penal derogado en perjuicio de Felipe Antonio Yépez y el Estado Venezolano.

SEGUNDO: En fecha 22-03-2000, este Tribunal de Ejecución Nº 1 del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, le otorgó el Beneficio de Libertad Condicional, imponiéndoles sus presentaciones por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario con sede en este Estado, reportando este organismo el cumplimiento de la condición señalada.

TERCERO: En fecha 21-10-2003, este Tribunal de Ejecución Nº 1 del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declara cumplida la pena corporal principal que le fuere impuesta, quedando sujeto al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el articulo 22 del Código Penal, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Payara del Municipio Páez, cumpliéndose el periodo de vigilancia el día 02/02/07 a las 16 horas.

CUARTO: Al realizarse una revisión del ultimo computo, se observa que el penado SOTERANO ENCARNACION DE JESUS, cumplió la vigilancia y control en fecha 02 de Febrero del año en curso a las 16 horas, lapso suficientemente Transcurrido, circunstancias estas que conlleva a la Extinción de las Penas Accesorias y Excluida por completo la Ejecución de la Pena.

Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano SOTERANO ENCARNACION DE JESUS, venezolano, mayor de edad, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacido el 25/03/1953, de 54 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 4.611.441, residenciado en el caserío Los Mamones de la Parroquia Payara Municipio Páez Estado Portuguesa, de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple y Porte Ilícito de Armas previstos y sancionados en los artículos 407y 278 del Código Penal derogado.

Regístrese, notifíquese, déjese copia y Archívese.

La Juez de Ejecución N° 1,


Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli.
La Secretaria,

Abg. Karla Lorena Guerrero.

Seguidamente se cumplió. Conste.
Stria,