REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
196° y 148°
Araure, 09 de Abril de 2007
Vista la demanda interpuesta por el ciudadano MIGUEL EDGARDO PEREZ BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 5.940.122, en su carácter de Representante Legal de la firma mercantil SERVICIOS DE INGENIERIA Y MANTENIMIENTO (SEIMA), asistido por la Abogada LIRYS SANCHEZ, en contra de la ciudadana RAQUEL CAROLINA MALDONADO LINAREZ, por RESOLUCIÖN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO; recibida del Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, por Declinatoria de la Competencia, éste Tribunal Se Declara Competente en razón del territorio para conocer de la presente causa.- Y Así Se Decide.
En consecuencia, désele entrada, háganse las anotaciones estadísticas correspondientes y provéase inmediatamente sobre su admisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia correspondiente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los Nueve días del mes de Abril de Dos mil siete. Años: 196 de la Independencia y 148 de la Federación.
La Juez,
Abg. ANGELA M. SOSA RUIZ
La Secretaria,
Abg. MARIA C. ALONSO
En la misma fecha 09/04/2007, se dictó y publicó sentencia siendo las 12:30 p.m..- Conste:
(Scria. )
ASR/jc.-