REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
Guanare, 26 de Abril de 2007
197º y 148º
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos JULIO CESAR DOS RAMOS SOTO Y PATRICIA DEL VALLE CASTILLO ADAMES, titulares de las cedulas de identidad Nros. 14.333.338 y 18.100.102, respectivamente, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico con competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente y ratificado por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de REGIMEN DE VISITAS en beneficio de la niña ……………………, de tres (03) , donde el padre buscara personalmente a la niña en el hogar de la madre los días sábados a las 10:00 de la mañana y la regresara el mismo día al hogar de su madre a las 9:00 de la noche, todos los fines de semana, en cuanto a las vacaciones escolares, carnaval semana Santa, navidad y otros; así como también días feriados nacionales o regionales serán compartidos por ambos padre y madre en forma alterna cada uno y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil Nº 7885
Natali G.-