REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

Guanare 27 de Abril de 2007
196º y 148º


Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos ALBERT JOSÉ BAPTISTA y KATHERIN ANDREINA GONZÁLEZ LEAL, titulares de la cedula de identidad Nros. 16.073.691 y 16.647.435 respectivamente, por ante la Defensoria del niño y del adolescente y ratificada por ante este Despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento de Obligación Alimentaría del padre en beneficio del su hijo la niña………… de 08 meses de edad, el cual de obliga a cancelar el Bs.70.000,oo mensuales, y el doble de la cantidad en el mes de diciembre , cancelara los honorarios médicos y la medicina requeridos por la niña y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Exp. Civil Nº 7889
Natali G.-