REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 25 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2007-004541
ASUNTO : PP11-P-2007-004541
JUEZ DE JUICIO: ABG. PEDRO ROMERO GARCÍA
FISCAL: ABG. ESTHER JIMENEZ SOTELDO.
SECRETARIA: ABG. MARIA BARRANCOS.
DEFENSORA: ABG: FANNY COLMENARES
ACUSADA: YULIANA DEL CARMEN TORREALBA
DELITO: EXPLOTACIÓN SEXUAL
DECISION: AUTO ACORDANDO MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR INCUMPLIEMNTO DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA y DIVISION DE LA CONTINENCIA DE LA CAUSA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 25 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2007-004541
ASUNTO : PP11-P-2007-004541
Visto que para el día de hoy estaba fijada la audiencia publica para la constitución del Tribunal Mixto en la causa seguida a los acusados YULIANA DEL CARMEN TORREALBA Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.263.091, venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, nacida en fecha 16-08-1984, de 23 años de edad, Profesión u Oficio: Ama de casa, domiciliada en la Caserío Los Chorrerones, callejón 04, específicamente a dos cuadras del dispensario, casa de color verde con rosado, de bloques Turen Estado Portuguesa, hija José Manuel Gómez (v) y Ubaldina del Carmen Torrealba (D), y FERNANDO JOSE COLMENAREZ PERAZA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.640.764, natural de Turen Estado Barquisimeto, nacido en fecha 12-08-1987, de 20 años de edad, Profesión u Oficio: Vigilante, domiciliado en la Caserío Los Chorrerones, callejón 04, específicamente a dos cuadras del dispensario, casa de color verde con rosado, de bloques Turen Estado Portuguesa, hijo José Gregorio Colmenarez (v) y Zenaida del Carmen Peraza Duno (V) la cual fue diferida en fecha 11-03-08 por inasistencia de la acusada YULIANA DEL CARMEN TORREALBA, circunstancia que se repite en esta oportunidad, en tal sentido el Tribunal para decidir observa:
A los folios 100 AL 112 en fecha 6-02-08 el Tribunal de Control N° 3 decretó Medida Cautelar Sustitutiva prevista en los ordinales 3° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en la presentación periódica ante este Circuito Judicial cada 15 días y prohibición de acercarse a la víctima; a los acusados según el auto de apertura a juicio se le sigue causa, por la comisión del delito de EXPLOTACIÓN SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Ahora bien, siendo que ha sido imposible llevar a cabo la audiencia pública para la constitución del Tribunal Mixto en virtud de la inasistencia de la acusada YULIANA DEL CARMEN TORREALBA, aunado a que una vez verificado el libro de presentaciones se evidencia que la referida acusada no ha dado cumplimiento al régimen de presentaciones que le fuera impuesto por el Tribunal de Control, lo que lleva aparejada un incumplimiento de la medida cautelar sustitutiva que fue impuesta en fecha 06-02-08 de conformidad con lo establecido en el artículo 262 numerales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Ahora bien a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva al acusado FERNANDO JOSE COLMENAREZ PERAZA, lo ajustado a derecho es ordenar dividir la continencia de la causa en relación a la acusada YULIANA DEL CARMEN TORREALBA, de conformidad con lo previsto en el artículo 74 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena compulsar la causa en relación a la referida acusada. Así se decide.
DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación que precede, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva dictada a la ciudadana YULIANA DEL CARMEN TORREALBA, por lo que se ordena su captura y una vez materializada dicha captura permanecerá detenida en la Comisaría “Gral. José Antonio Páez” de esta ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa a la orden de Este Tribunal. SEGUNDO: a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva al acusado FERNANDO JOSE COLMENAREZ PERAZA se ordena dividir la continencia de la causa en relación a la acusada YULIANA DEL CARMEN TORREALBA, de conformidad con lo previsto en el artículo 74 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena compulsar la causa en relación a la referida acusada.
Regístrese, Publíquese, Diarícese y déjese copia.
EL JUEZ DE JUICIO N° 2
Abg. PEDRO ROMERO GARCÍA.
LA SECRETARIA.
Abg. MARIA BARRANCOS SANCHEZ
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
La secretaria.