REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Acarigua, 10 de Abril de 2008.
197° y 149°
Vista la diligencia estampada por la abogada MILAGRO SARMIENTO, en su carácter de Defensor Judicial de los herederos desconocidos del ciudadano HILARIO DEL CARMEN SUÁREZ, a través de la cual pide la suspensión de la causa hasta tanto el actor no impulse el procedo pidiendo se les cite nuevamente, ello en virtud de haber transcurrido mucho tiempo entre la sentencia interlocutoria, la publicación y las citaciones de las Defensoras, y además del hecho que por ser defensora judicial de los herederos desconocidas del demandado, no pueden tenerse por confeso.
Al efecto el Tribunal observa:
El transcurso del tiempo entre la sentencia interlocutoria dictada por este Juzgado, las publicaciones del edito librado y las citaciones de las Defensoras Judiciales de los herederos desconocidos tanto del demandado HILARIO DEL CARMEN SUÁREZ, como de la demandante EUSEBIA CASU, no tiene como consecuencia la suspensión de la causa, razón por la cual se NIEGA la suspensión de la causa solicitada.
Con relación al hecho de que por ser la diligenciante defensora judicial de los herederos desconocidos del demandado, no pueden tenérsele por confeso, el Tribunal hace saber que sobre ello se pronunciará en la sentencia a dictarse.
El Juez,

Abog. Ignacio José Herrera González
La Secretaria,

Abog. Nancy Galíndez de González