EXPEDIENTE N° 1997
SOLICITANTE: NINOSKA ELENA RIVAS RODRIGUEZ
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR
DINERO
SENTENCIA: DEFINITIVA.


Vista la solicitud formulada por la ciudadana NINOSKA ELENA RIVAS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-10.724.584, de esta domicilio, actuando en nombre y representación de su hija la niña ……….., dos (02) años de edad, debidamente asistida por el Abogado Randolfo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.132, para que este Tribunal la autorice para aperturar una cuenta de ahorro y se oficie a la Universidad Ezequiel Zamora con sede en Barinas Estado Barinas, para que envíen el dinero concerniente a las prestaciones sociales y otros beneficios, que le corresponden a la niña ………….., por el fallecimiento de su padre el ciudadano: GILBERTO ANDRES RIOS UZCATEGUI, ocurrida en fecha 04 de Enero del año 2008. En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA a la ciudadana NINOSKA ELENA RIVAS RODRIGUEZ, identificada anteriormente, para que aperture una Cuenta de Ahorros en la Entidad Bancaria de “Banfoandes” a nombre de la niña ………y a la orden de este Tribunal, así mismo se acuerda oficiar al Jefe de Personal de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora, con sede en Barinas Estado Barinas. Expídanse por Secretaria cuatro copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.




La Jueza,



Abg. Haydeé Rosa Oberto Yépez.


La Secretaria,



Abg. Elsy Moraima Jurado Verde.

Sol. N° 1997
HROY/EMJV/Amny M.-