Visto el convenimiento realizado por los ciudadanos YORMAN MANUEL HURTADO MÉNDEZ y MARJÍA CLEMENCIA GONZÁLEZ MEDINA, por ante este despacho en el día de hoy, en cuanto a la Restitución de Responsabilidad de Crianza, en beneficio del niño ……………………., de tres (03) meses de nacido, en donde el padre hace entrega del referido niño en perfecto estado de salud e higiene a la madre, y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño; el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de Cosa Juzgada, de acuerdo con los Artículos 315 y 317 ejusdem.


La Jueza,


Abg. Pastora Peña Garcías.


El Secretario,


Abg. Francisco Javier Pumar Rivas.
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Exp. Nº. 9426
PPG/FJPR/Leomary*