Vista la solicitud realizada por la ciudadana Dorís del Carmen Peraza Gil, donde manifiesta que el ciudadano JOHNNY LUIS MONTES DE FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.338.045 esta cumpliendo con de Obligación de Manutención, establecida en sentencia de Divorcio de fecha 03 de abril de 2008, en beneficio del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de 14 y 11 años de edad, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,


Abog. Pastora Peña García.
La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona
Exp. Civil N° 4.872
Carolina E.