Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: MANUEL SABULON CUEVAS Y TIBISAY COROMOTO JORDANA, titulares de las cedulas de identidad Nros. 10.724.744 y 10.728.481 respectivamente, en beneficio de su hija: xx Seguidamente el ciudadano Manuel Sabulon Cuevas. Ofreció pasarle la obligación de manutención a su hija, en la cantidad de doscientos Bolívares (Bs. 200,oo) mensualmente y el doble en los meses de Julio y Diciembre de cada año y con respecto a los medicamentos en caso de enfermedad serán compartidos por ambas partes, asimismo solicitó que dichas cantidades se le descuente de la nomina de pago por ser Sub-inspector de la Policía.