REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA


DISPOSITIVO

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:

PRIMERO: Declara C O N L U G A R la solicitud formulada por el ciudadano JORGE REY GAGO BLANCO, quien dice ser venezolano, comerciante, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 9.621.409, en el sentido de que se le haga LA ENTREGA del vehículo MARCA FORD, MODELO F-350, AÑO 1972, COLOR BLANCO –ROJO, PLACAS 231-LAD, SERIAL DE CARROCERÍA AJF37M47310, SERIAL DE MOTOR 8 CILINDROS, CLASE CAMION, TIPO CAVA , USO CARGA.

SEGUNDO: Con fundamento en el aparte ultimo del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la entrega del vehículo antes identificado y descrito al solicitante y propietario del mismo ciudadano JORGE REY GAGO BLANCO,.

Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese. Háganse las demás participaciones del caso.

LA JUEZ DE Control n° 1 ( Temporal )

Abg Argelia Guedez Romero

La Secretaria

Abg Tania Rivero