REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. SEDE ACARIGUA
Acarigua, 08 de diciembre del 2008
198º y 149º
Nº DE EXPEDIENTE: PP21-L-2008-000510.
PARTE ACTORA: FELIX RAMON SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.532.405.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ROSA VIRGINIA LOPEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 101.808.
PARTE DEMANDADA: LUIS SILVA, titular de la cedula de identidad Nº 8.768.922.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
En el día de hoy, 08 de diciembre del 2008, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el INICIO de la Audiencia Preliminar en la presente causa se deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, quienes no comparecieron ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno.
En atención a la incomparecencia de la parte actora, este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.
En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Desistido el Procedimiento.
SEGUNDO: Terminado el Proceso.
Regístrese y Publíquese.
Dado, Firmado y sellado en la Sala de este despacho de este Tribunal, en Acarigua a los 08 días del mes de diciembre del año 2008.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. ANTONIO MARIA HERRERA MORA, ABG. NAYDALÍ JAIMES QUERO,
En esta misma fecha fue publicada la sentencia, siendo las 11:00 a.m. Conste.
La Scria,
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