PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, veinticuatro de enero de dos mil ocho
197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: PP01-L-2007-000148

PARTE ACTORA: YEAN CARLOS ALDANA DORANTE

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALVIS RAMON RIVERO PAREDES

PARTE DEMANDADA: CONSORCIO LLANO GRANDE, CORPORACION INVERCAMPA S.A y MAQUINARIAS, OBRAS DE TIERRA Y ASFALTO COMPAÑIA ANONIMA (MOTIASCA)

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Rosa Maritza Ceballos, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 25.514.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.


En el día de hoy 24 de enero de 2008, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar en la presente causa, el alguacil de guardia anuncia el acto en la sala de espera de este circuito y este Tribunal deja expresa constancia de la comparecencia de la parte accionada a través de su apoderada judicial, abogada Rosa Maritza Ceballos, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 25.514, cualidad que consta en Poder Autenticado por ante la Notaria Publica de Guanare, de fecha 20 de enero de 2004, quedando anotado bajo el N° 20, Tomo 03 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, dejando expresa constancia este Juzgado de la incomparecencia de la parte actora ciudadano YEAN CARLOS ALDANA DORANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.004.128, quien no se presento ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa procede a aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, en consecuencia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Así se establece. Leída la presente acta conforme firman.


La Juez,

Abg. Delivett Quevedo Vázquez


Apoderada de la parte accionada.

Abg. Rosa Maritza Ceballos.


La Secretaria,

Abg. Josefa Carmona.