REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

CHABASQUÉN: 28 DE ENERO DE 2008.
Años: 197° Y 148°

Exp. N°. 506/2008

Vista la presente CONCILIACIÓN, celebrada entre los ciudadanos: RUBEN DARIO PERAZA MONTILLA y MARIA ANTONIA VALERA, con motivo de Obligación Alimentaria, por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de este Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, en beneficio de sus hijos: X y X , donde ambas partes acordaron que el padre los mismos, Ciudadano: RUBEN DARIO PERAZA MONTILLA, cancelara como obligación Alimentaria, la cantidad de cien mil Bolívares (Bs.100.000.oo) / 100,oo Bs. F., mensuales y el doble de esta cantidad en el mes de y diciembre de cada año y con respecto a los gastos con motivo de vestuario, calzado, útiles escolares, medicamento, consultas medicas, exámenes médicos y cualquier otro gasto serán costeados por ambas partes, es decir un 50% para cada uno de los padres y dichas cantidades de dinero serán depositadas en una cuenta bancaria que se aperturará por ante el Banco Provincial de esta localidad a nombre de sus hijos y representado por su madre